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Periódico / MOVIMIENTO OBRERO

Martes 28 de abril de 2015

SANTA CRUZ, ARAGUA

Trabajadores de Mini Bruno se mantienen en pie de lucha

Por Fausto Dominguez


Los trabajadores de MINIBRUNO sucesores, desde el 2013 apenas han recibido un aumento de 15%, ganando hoy prácticamente salario mínimo, un aumento que cualquiera sabe que no alcanza para cubrir las necesidades de una familia.

Además, desde hace casi 1 año están luchando para tener un contrato colectivo justo. Ya se han cumplieron los 180 días que impone la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT) como período de negociación, pero la empresa mantiene una intransigencia y prepotencia al respecto. Los trabajadores han asistido a todas las reuniones en la Inspectoría y en otros lugares, pero no hay respuesta satisfactoria.

Según el artículo 484 y 487 de la LOT, para poder ir a huelga el Ministro del Trabajo debe fijar los servicios mínimos en un máximo de 120 horas después que se presentó el pliego conflictivo, pero es luego de más de dos meses que el Ministro del Trabajo acaba de cumplir con su responsabilidad con los trabajadores de MINIBRUNO, la semana pasada una funcionaria de la inspectoría dijo a los delegados sindicales que se habían fijado los servicios mínimos, aunque no es oficial. Es importante resaltar que el 28 de febrero, más de 80 trabajadores abarrotaron la entrada de las instalaciones del Ministerio del Trabajo para solicitar al ministro que se pronuncie y hasta la fecha eso no ha sucedido.

A todo esto se suman las artimañas de la patronal intentando quebrar la lucha. Los abogados de la empresa introdujeron en la inspectoría de Cagua 18 calificaciones de despido, ¡en plena discusión de contrato colectivo, algo ilegal como lo dice la ley! pero aunque no se crea todavía hay más, dentro las mismas se encuentran 7 de los 8 dirigentes sindicales (y detrás de ellos sus hijos, hijas, esposas y familiares, por cada trabajador despedido son como mínimo 4 personas que están siendo afectadas, violando flagrantemente el artículo 330 de la LOT), así pretende la patronal descabezar el sindicato para, claro está, no discutir ningún contrato colectivo y volver a la era de la esclavitud, es decir, donde salarios miserables les obligue a trabajar horas extras para poder sacar algo de dinero semanal y cubrir medianamente las necesidades más básicas.

Por otra parte, si despiden a este grupo, el miedo se posará sobre el resto de los trabajadores como de un esclavo a su dueño y no reclamarán para proteger su trabajo. Con esta acción, la patronal estaría violando el numeral 2 del artículo 362 donde nos habla de las prácticas antisindicales y el 537 violando el derecho a la negociación colectiva, es decir, ¿si quedan fuera del centro de trabajo los representantes sindicales, quien discute el contrato colectivo con la patronal?

Actualmente los trabajadores de MINIBRUNO no pueden terminar de ejercer su derecho a huelga porque la ley no se lo permite, hasta tanto el Ministro del Trabajo se pronuncie. Los trabajadores esperan que los servicios mínimos fijados por el ministro no comprometan la eficacia de su derecho a huelga, aunque por todo lo que ha sucedido no es de extrañarse que sea precisamente esto lo que suceda.





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